Ayudas para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales 2025

Ayudas para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales 2025

Ante esta situación extraordinaria y excepcional, en cumplimiento de los principios rectores de las políticas públicas recogidos en el Estatuto de Autonomía, es obligación de la Junta de Castilla y León poner en marcha una acción coordinada de atención a las personas, empresas e instituciones que hayan sufrido daños personales, materiales, económicos, sociales o de cualquier otra índole, poniendo en marcha actuaciones encaminadas a la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales.

Ayudas a los afectados

  1. Ampliación de la línea de ayudas de emergencia para atender a las familias por pérdida de recurso habitacional hasta el acondicionamiento de su vivienda.
  2. Ayudas directas a los Municipios por los gastos derivados de la acogida temporal de las personas desalojadas, voluntarios y profesionales de protección civil y extinción de incendios.
  3. Ayudas destinadas a reparar los daños causados en las viviendas y en las edificaciones complementarias, incluyendo la reconstrucción de viviendas en casos de destrucción total o que hayan quedado inhabitables como consecuencia del incendio, siempre que no estuvieran previamente en estado de ruina o abandonadas.
  4. Ayudas para la reposición de mobiliario, electrodomésticos y enseres básicos de uso habitual en las viviendas que se hayan visto afectados por los incendios y hayan quedado inservibles.
  5. Ayudas a los municipios cuyas localidades se haya visto afectadas por los incendios en infraestructuras y/o equipamientos vinculados a los servicios públicos municipales de carácter general.
  6. Ayudas para la reposición de contenedores u otras infraestructuras necesarias para la gestión de residuos domésticos que hayan resultado dañadas por los incendios, a través de los Consorcios Provinciales para la gestión de residuos o las Diputaciones y Ayuntamientos cuando proceda.
  7. Ayudas directas a ganaderos, apicultores y agricultores.
  8. Instalaciones agrícolas, ganaderas y apícolas.
  9. Cercados.
  10. Ayudas a la creación de empresas.
  11. Ayudas para proyectos de inversión de PYMES.
  12. Medidas financieras.
  13. Ayudas a los ayuntamientos para la contratación de personal.
  14. Incentivos en las líneas de contratación y autoempleo.
  15. Ayudas a empresas y trabajadores afectados por la suspensión temporal de la actividad ERTES.
  16. Ayudas a los Ayuntamientos afectados para la recuperación de patrimonio cultural.
  17. Ayudas para la promoción y dinamización del comercio local.
  18. Ayudas para la reconstrucción y recuperación de negocios de autónomos afectados por los incendios en los sectores del comercio, artesanía y servicios.

Inversiones y actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas

  1. Retirada de todos los escombros producidos en inmuebles cualquiera que fuese su uso y destino, incluso cuando estuvieran deshabitados o abandonados.
  2. Actuaciones en materia de abastecimiento de agua y depuración.
  3. Ganadería. Garantizar el suministro de alimentos y agua.
  4. Reparación de caminos.
  5. Concentraciones parcelarias.
  6. Pastoreo en las superficies de pastos afectadas por los incendios.
  7. Asistencia, apoyo y asesoramiento a los agricultores y ganaderos.
  8. Elaboración y ejecución de un Plan de recuperación de los hábitats afectados y de restauración vegetal de las áreas quemadas.
  9. Elaboración y ejecución de un Plan para la extracción urgente de la madera y la biomasa quemada con objeto de evitar la proliferación de plagas y enfermedades.
  10. Actuaciones urgentes para garantizar la alimentación de las especies amenazadas y cinegéticas en reservas.
  11. Elaboración y ejecución de Planes específicos de apoyo a la recuperación de especies protegidas.
  12. Reposición de las infraestructuras forestales y de uso público afectadas.
  13. Elaboración y ejecución de un Plan específico para la mejora de infraestructuras asociadas al turismo de naturaleza en las áreas naturales de interés afectadas por los incendios.
  14. Planes de promoción turística de los recursos culturales y patrimoniales de las zonas afectadas.
  15. Reposición de la señalización y balizamiento de las carreteras autonómicas afectadas por los incendios.
  16. Reconstrucción de elementos anejos a las carreteras (obras de fábrica, y accesos a fincas) afectados.
  17. Reposición del firme y márgenes de las carreteras que puedan haber sido dañados.
  18. Reposición de los refugios y marquesinas de espera de las líneas de autobuses afectadas.
  19. Reparación o sustitución de Centros Emisores de Extensión de Cobertura de Televisión Digital Terrestre (TDT) de Gestión Autonómica.
  20. Reparación o sustitución de dispositivos instalados para la Gestión Inteligente de Servicios Públicos y Sensórica de Territorio Rural Inteligente.
  21. Actuaciones en materia de protección civil.

Programa las médulas

  1. Recuperación de las zonas forestales en el espacio Las Médulas. 
  2. Recuperación de sendas y señalización. 
  3. Reconstrucción de las infraestructuras afectadas en el espacio Las Médulas.
  4. Nueva planificación para la proyección de Las Médulas.

REQUISITOS FAMILIAS DESALOJADAS

La ayuda se concederá en alguno de estos tres supuestos: 

  • Unidad familiar empadronada en una de las localidades desalojadas por los incendios en Castilla y León. La fecha de referencia del empadronamiento que se tendrá en cuenta será 20 de agosto de 2025.
  • Propietario de una vivienda situada en una de las localidades desalojadas por los incendios en Castilla y León. Cuando sean propietarios dos personas unidas por matrimonio o relación análoga a la conyugal sólo podrán acceder a una ayuda.  
  • Unidad familiar que haya sido desalojada de la localidad por un incendio en Castilla y León y, no encontrándose en ninguno de los dos supuestos anteriores, esté emparentada hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad, con una persona empadronada en la localidad.

Los tres supuestos se refieren a localidades que se han evacuado con motivo de los incendios forestales y así se ha determinado por Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.


Fuente: Junta de C. y León